AL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ISIDRO
VISTO:
La
existencia del Mástil en las plazas de San Isidro y
CONSIDERANDO:
Que
en oportunidad del bicentenario de la creación de la Bandera Nacional
Argentina.
Que
solo en oportunidades de festejos y/o aniversarios patrios no se cuenta con el
correspondiente Pabellón Nacional.
Que
es necesario resaltar, el sentido de nacionalidad respetando y exhibiendo
nuestros símbolos patrios.
Que
es menester reconocer el sentido de
pertenecía e identidad de todos los y las argentinos y argentinas.
Por
lo expuesto el Bloque del Frente Amplio Progresista (PS-LS-UP), sugiere el
tratamiento del siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTICULO N°1: Establézcase la obligatoriedad de izar la Bandera
Nacional en todas las plazas del partido de San Isidro.
ARTICULO N°2: Dispóngase el izamiento de la Bandera Oficial del
Partido de San Isidro conjuntamente con el Pabellón Nacional.
ARTICULO N°3: El departamento ejecutivo instrumentara la forma de
aplicación de la siguiente ordenanza provisión y mantenimiento de la misma.
ARTICULO N°4: El Poder Ejecutivo se encargaría de la colocación de
un mástil en cada una de las plazas donde no hubiera con el fin de poder izar
la Bandera Nacional y la Bandera Oficial del Partido de San Isidro y cumplir
con esta ordenanza.
ARTICULO
N°5: Sancionada la presente ordenanza, se insta al ejecutivo municipal para
que a través del área correspondiente dé cumplimento en el plazo no mayor de
quince (15) días corridos a partir de la promulgación de la misma.
ARTICULO N°6: Los considerando forman parte del presente.
ARTICULO
N°7: De Forma.
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