23 de Julio de 2012, San Isidro
AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
VISTO
La Convención Internacional de los Derechos del Niño;
La Constitución Nacional en su Artículo 75, Inciso 22.
La Constitución Provincial en sus Capitulo I (Cultura y Educación) y
Capitulo II (Educación)
La Ley Nacional N°
26.206 de Educación.
La Ley Nacional N°
26.061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y
Adolescentes.
La Ley Provincial N° 13.688 de Educación Provincial
Los objetivos planteados por la Secretaría de Niñez,
Adolescencia y Familia de San Isidro;
CONSIDERANDO
De lo dispuesto en
la convención de los derechos del niño, surge
para el Estado la responsabilidad positiva de poner en práctica los principios
que instaura el Nuevo Paradigma de la Niñez: La Promoción y Protección Integral
de sus Derechos.
Las disposiciones del
Articulo
75, Inciso 22, de la Constitución Argentina: “Aprobar o desechar tratados
concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y
los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía
superior a las leyes. (…); la Convención sobre los Derechos del Niño; en las
condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional (…)”
Lo establecido en la Ley Nacional N° 26.206 de
Educación, Capitulo I, Artículo 4 y 8: “El
Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la
responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral,
permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación,
garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho,
con la participación de las organizaciones sociales y las familias.” “(art 8)La
educación brindará las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer
la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover en
cada educando/a la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los
valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad,
justicia, responsabilidad y bien común.”
Los objetivos
indicados en el Capítulo II (FINES Y OBJETIVOS DE LA POLITICA EDUCATIVA NACIONAL),
Articulo 11, incisos c, f y g de la
misma Ley Nacional N°26.206 “c) Brindar una formación ciudadana comprometida
con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad,
resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos,
responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y
cultural. f) Asegurar condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre
las personas sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo. g)
Garantizar, en el ámbito educativo, el respeto a los derechos de los/as
niños/as y adolescentes establecidos en la Ley Nº 26.061.”
Lo dispuesto en la
Ley Nacional N° 26.061, de Protección Integral de los Derechos de los Niños,
Niñas y Adolescentes en su Capitulo 1, artículos 1, 8, 22, 28 y 33 que establecen que las niñas, niños y adolescentes
tienen derecho a la vida, a su disfrute, protección y a la obtención de una
buena calidad de vida. Para ello se hace imprescindible que tengan pleno ejercicio
de sus derechos de dignidad e integridad personal. Los niños y niñas tienen
derecho a no ser sometidos a ninguna forma de discriminación o maltrato, ni a
ser explotados o ser colocados en situación cruel o denigrante. Las niñas, niños y adolescentes tienen
derecho a su integridad física, sexual, psíquica y moral.
Lo dispuesto en Ley Provincial N° 13.688 (Ley de
Educación Provincial), Capitulo 1 (Principios, Derechos y Garantías), Artículos
4 y 5. “Articulo 4°: (…) basado en los valores de libertad,
paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad natural y cultural,
justicia, responsabilidad y bien común”. “Artículo 5°: La
Provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la
responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar una
educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus
habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y la justicia social en el
ejercicio de este derecho, con la participación del conjunto de la comunidad
educativa.”
Que surge la necesidad de crear espacios para que
niños, niñas y adolescentes puedan ser debidamente escuchados conforme a su
desarrollo psicofísico y a la posición de sujetos de derecho que la ley le
otorga.
Que la situación de violencia estructural que se vive
en la sociedad actual, hace que una enorme cantidad de niños y jóvenes se
encuentren en situación de riesgo. Romper con este círculo vicioso es difícil
para ellos y por el contrario lo que hacen es reproducir la violencia que los
victimiza. Violencia que no sólo se ejerce físicamente, cara a cara, en los
hogares y comunidades donde habitan, sino también a través de estructuras
económicas y sociales que lo marginan.
Esta violencia en la que se forman, los induce a dar
respuestas que confrontan, producto de una socialización donde no se les ha
enseñado a ejercer la ciudadanía, ni a vivir considerando los intereses de
todos, como parte del vivir juntos. Esta situación debe transformarse en
positivo y debe hacerse de manera urgente siendo la escuela, una de las
instituciones que debe impulsar los cambios para lograrlo.
Dado que existe una estrecha asociación entre
problemas de índole escolar, como bajo rendimiento en el aprendizaje y las
conductas agresivas, maltrato, acoso, rechazo y toda otra forma en que pueda
manifestarse el bullying, resulta necesario y de forma urgente que el docente
conozca la importancia de socializar a los alumnos en una cultura de paz donde
el/la estudiante resuelva los problemas a través del diálogo, en un espacio
propio y con las herramientas adecuadas de trabajo que solo puede brindar un
proceso de Mediación Escolar.
El Maltrato Escolar, es una de las formas de
violencia que más se ha expandido entre nuestros niños/as y adolescentes, adoptando
facetas de agresividad nunca antes vistas y que, además, se han vuelto cada vez
más masivas. Diversos estudios y casos conocidos a través de los medios de
comunicación, dan cuenta de la situación de violencia al interior de los
establecimientos educacionales en nuestro país.
A pesar de que actualmente se ha hecho presente en la
mayoría de los establecimientos educacionales, no se ha asignado al tema la
importancia que merece, ni por parte de las autoridades, ni por parte de los
padres, profesores, y de todos aquellos que inciden en la educación de los
niños, niñas y adolescentes.
“En Argentina no hay estadísticas
oficiales. Pero un estudio internacional elaborado con datos de la UNESCO
encendió la alarma. Nuestro país está al tope en el ranking de insultos y
maltratos físicos de la región. El 37% de los alumnos respondió haber sido
insultado o amenazado y el 24% haber sufrido golpes de otros
alumnos”(Clarín.31/03/2012 http://www.clarin.com/sociedad/casos-escolar-crecen-afectan-chicas_0_673732770.html ).
Son de público conocimiento los casos de bullying en
Argentina que más han conmocionado a la opinión pública:
La masacre de la escuela Malvinas Argentinas tiene
como trágico símil al joven de 19 años que, harto de que sus compañeros lo
llamaran “pantriste”, disparo sobre dos de ellos y provocó la muerte de uno. El
hecho sucedió el 4 de agosto de 2000 en la puerta de la Escuela de
Educación Media nº 9 de San José (http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/subnotas/1-14295-2004-09-29.html)
El caso de Junior, un adolescente de Carmen de
Patagones. El 28 de setiembre de 2004, el chico disparó sobre sus compañeros de
primer año y asesinó a tres de sus pares. (http://www.lanacion.com.ar/640547-masacre-en-una-escuela)
En el 2011 un menor de 15 años fue golpeado hasta
quedar desmayado en Córdoba, Argentina. La madre de un adolescente de la ciudad
cordobesa de Jesús María denunció que su hijo fue golpeado por un compañero de
estudios en su escuela porque es “gordo” y que el ataque fue filmado,
posteriormente difundido por YouTube, sin que ningún adulto evitara la paliza.
(http://elsensacional.infonews.com/nota/5467-bullying-jovenes-golpean-a-un-alumno-en-un-colegio-de-cordoba-por-gordo/)
El más reciente, en el presente año, en Temperley, un
chico decidió quitarse la vida el martes con un arma de su abuelo, cansado de
las burlas de sus compañeros. Según declaró José Feletto, abuelo de la víctima,
el chico habría tomado la drástica decisión a partir del maltrato que recibía
por parte de sus compañeros en el colegio al que asistía. (http://www.lanacion.com.ar/1461972-acoso-escolar-en-temperley-lo-mato-el-colegio)
Nos enfrentamos a un problema que no es menor,
especialmente si consideramos todas las consecuencias que este tipo de
conductas pueden acarrear, tanto para la personalidad como para el desarrollo
social de los niños abusados. Los niños y adolescentes afectados generalmente
se encuentran en pleno proceso de búsqueda de su identidad, y este fenómeno
afecta gravemente el desarrollo de su personalidad, disminuye su autoestima,
les genera sentimientos de miedo, vergüenza, debilidad y frustración, les
provoca una baja en su rendimiento escolar, marginación y desinterés por el
trabajo en equipo.
Por otra parte, desde el punto de vista del niño
agresor, si no existen acciones concretas que se adopten para frenar el
fenómeno, comienzan a creer que gozan de completa impunidad frente a hechos que
son abiertamente dañinos, y se acostumbran al abuso de poder, lo que es además
sumamente peligroso para el desarrollo de sus relaciones futuras. A su vez, el
resto de la comunidad escolar, como espectadores, terminan conviviendo en un
clima de temor, y aceptando la "ley del más fuerte".
Se debe asumir que estamos frente a una problemática
que afecta o involucra no sólo al niño/a o adolescente agredido, sino que a
toda la comunidad escolar, ya que finalmente la calidad de la convivencia es
responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa y por ende, a
toda la sociedad.
Para ello, no solo es indispensable que el Estado
adopte políticas públicas al respecto,
sino también que los adultos responsables de la educación de los niños, niñas y
adolescentes asuman un compromiso mayor a fin prevenir y erradicar estas
conductas.
Nos asiste la convicción de que solo con educación
temprana puede remediarse tan lamentable realidad, inculcando a nuestros niños
y adolescentes, desde su más temprana infancia, la conveniencia de resolver los
conflictos de manera constructiva.
Por todo lo expuesto el Bloque Frente Amplio
Progresista (PS-LS-UP) propone el tratamiento del siguiente:
PROYECTO DE
COMUNICACION
ARTÍCULO 1: El Honorable Concejo Deliberante, vería con agrado,
que el Departamento Ejecutivo a través del área correspondiente que diseñe
un "Programa de Mediación Escolar
", con los siguientes objetivos:
Difundir
métodos para la negociación colaborativa
y la mediación para la resolución de los conflictos, entre toda la comunidad
educativa (directivos, docentes, padres y alumnos), contribuyendo a la
disminución de todas las formas de violencia y/o riesgo de violencia escolar.
Propiciar
la conformación y consolidación de equipos técnicos entrenados en mediación en
cada comunidad educativa concientizando en relación a la problemática social de
la violencia escolar.
Capacitar
a los miembros de estos Equipos técnicos con el fin de que elaboren e
implementen Proyectos de Mediación escolar, ajustados a las características y
contexto de cada institución.
Promover
condiciones que posibiliten el aprendizaje de conductas de convivencia social,
pluralista y participativa en la comunidad educativa.
Promover
la inclusión de técnicas y métodos de resolución de conflictos en las
diferentes instancias de capacitación docente.
ARTÍCULO N° 2: El Programa estará orientado para la prevención de posibles conflictos
derivados de la relación educativa entre directivos, docentes, padres y
alumnos, así como de solución de conflictos presentes.
ARTICULO N°3: Los vistos y considerando forman parte de la
presente.
ARTICULO N°4: De forma.
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